Nou Barris Centre Comerç

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Las asociaciones podrán continuar adoptando acuerdos por videoconferencia durante todo el 2020

25 de junio de 2020

Las asociaciones, las fundaciones y las juntas de propietarios tendrán la posibilidad de adoptar acuerdos por videoconferencia hasta el 31 de diciembre de 2020, a pesar de que sus estatutos no lo tengan previsto. Así lo determina el nuevo Decreto Ley aprobado por el Gobierno sobre las medidas extraordinarias para hacer frente al impacto de la Covid-19 en el ámbito asociativo. 

El objetivo es que las entidades puedan llevar a cabo su actividad con medidas de prevención y seguridad. El 20 de junio fue el último día del estado de alarma, pero tal y como recuerda el texto, siguen vigentes medidas como "el mantenimiento de una distancia física mínima, que dificulta o impide la concentración de números elevados de personas en un mismo lugar".

El Gobierno ya aprobó el pasado 27 de marzo un Decreto ley que establecía la posibilidad de llegar a acuerdos por videoconferencia, pero sólo durante el estado de alarma.

Términos suspendidos

El nuevo Decreto ley también aplaza los plazos para aprobar y presentar las cuentas anuales hasta tres meses después de la finalización del estado de alarma. Por lo tanto, los plazos legales empezarán a contar a partir del 20 de septiembre de 2020.

Juntas de propietarios

El texto también determina que las juntas de propietarios no tendrán la obligación de celebrarse hasta el 30 de abril de 2021. Podrán llevarse a cabo antes, pero a iniciativa de la presidencia o si lo pide un 20% de los propietarios.

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